ARTÍCULO 445. Las cuerdas cables y cadenas con sus respectivos enganches y montajes para el manejo y movimiento de materiales deberán cumplir las normas sobre cargas límites que deban soportar, teniendo en cuenta el creador límite de seguridad. Ninguna persona deberá penetrar en dicho tanque antes de haberlo ventilado https://enricok813iln8.shoutmyblog.com/profile